Nos sumamos a las denuncias por las «citas trampa»

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Desde los colectivos Papeles y Derechos Denontzat, Médicos del Mundo Navarra y SOS Racismo Navarra, llevamos más de 3 años denunciando la existencia de actuaciones de diversas Policías presentes en Navarra que derivan en citaciones ante la Brigada de Extranjería de Navarra (comisaría de Policía Nacional en Pamplona), cuando acuden a estas citas hemos constatado varias actuaciones que se dan de manera aleatoria y que van desde la retirada del pasaporte, entrega de comunicaciones de salida obligatoria (vía sello en su pasaporte original o entrega de comunicación), incoación expediente de expulsión, hasta citaciones periódicas ante la Brigada de Extranjería. Estas citas tienen su origen en contextos diversos: controles de movilidad (incrementados durante las fases del estado de alarma), controles de identidad por perfil étnico, etc. o durante el transcurso de una intervención policial, llegando a constatarse citaciones cuando la persona acudía a interponer una denuncia como víctima de un posible delito.

Entendemos que estas actuaciones pueden tener su origen en un cambio de criterio basado en que las detenciones llevadas a cabo por la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional por el mero hecho de identificar en la calle a personas extranjeras en situación irregular, es una práctica declarada nula por diversas Sentencias, lo que ha podido llevar a sustituir la detención por citación en dependencias policiales. Queremos destacar la especial gravedad que supone la colaboración de los cuerpos policiales locales y forales en este tipo de citaciones, lo que nos lleva a pensar en la existencia de una Instrucción específica emitida por la Dirección General de Policía, que se está ejecutando y de la que no tenemos información ni conocimiento.

Desde nuestros colectivos hemos elaborado un protocolo de actuación para denunciar estos casos, por las graves consecuencias que tienen, sobre todo, para las personas extranjeras en situación administrativa irregular y porque entendemos que se trata de prácticas que además de ilegítimas y vulneradoras de derechos, son irregulares. Por ello, cada vez que detectamos algún caso de citación, actuamos remitiéndolo al Defensor del Pueblo de Navarra, que a su vez lo remite al estatal, dando traslado de estos al Departamento de Políticas Migratorias y Justicia.

Los modelos de citaciones que son entregados contienen “advertencias” de que “se podrá proceder” o directamente que “se procederá” a la detención de quienes decidan no comparecer. En algún caso, se realiza sin hacer ninguna referencia a la normativa que posibilita esa detención y, en otros, se alude a normativa de extranjería de la siguiente manera:

Se le advierte de que, en caso de incumplir este requerimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 61.d) de la LO 4/2000, 234 Y 242 del RD 557/2011, se podrá proceder a su detención y posterior traslado a estas dependencias.

¿Por qué esas detenciones no tienen amparo legal?

El artículo 17 de la Constitución establece dos cuestiones esenciales: por un lado, que TODA PERSONA tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Y, por otro lado, que NADIE puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley.

Este artículo dice expresamente toda persona y, por tanto, se está refiriendo a todas y cada una de las que nos encontramos bajo la jurisdicción del Estado español, con independencia de nuestra nacionalidad o nuestra situación administrativa.

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